Lo que se busca, según el diputado del Movimiento Evita, es adherir a la Ley Nacional Nº 26485 (Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales) que deja establecidos principios generales y da reglamentación para los ámbitos nacionales pero no así los provinciales que deben adecuar su legislación a la misma. “Provincialmente no hay una política clara y definida para abordar integralmente el tema, sino que es formal y publicitaria, y cuando se produce un caso concreto de violencia, ya sea física, de acoso o discriminación, no hay abordaje ceñido a la ley, con protección o sanción”.
“Nosotros reafirmamos y definimos expresamente, mediante la ley, las formas y modalidades de la violencia, como así también los Derechos protegidos. Por ello este texto define y tipifica a la violencia en todos los niveles (psicológica, laboral, en salud, en educación, en los medios de comunicación, etc.) fijando procedimientos y sanciones”.
Entre los puntos más salientes del texto ingresado por Rico, se destacan:
*Se fija la autoridad de aplicación a nivel provincial: el Ministerio de Desarrollo Social (Dirección Provincial de las Mujeres o la Dirección que en el futuro la reemplace).
*Fija procedimientos para los Jueces (Civil, Penal, Laboral y de Familia) sobre todo en las medidas preventivas inmediatas.
*Crea el Plan Provincial y las Medidas de sensibilización, prevención y detección de la violencia contra mujeres.
*Determina la Comisión contra la violencia de género en el Ministerio de Salud.
*Autoriza al Ejecutivo a establecer un fondo para el desarrollo de programas en la distribución de utilidades de la Lotería de Santa Fe.
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